Revisado el 11 de abril de 2023.
Ut res magis valeat quam pereat, es un aforismo latino que nos informa de una regla de interpretación por la cual, se debe preferir el resultado interpretativo de una cláusula o una norma legal cuando surten efectos, antes que no producir ninguno o que se estimen nulas. Así en el caso de un contrato, los jueces están obligados a privilegiar una interpretación de modo que pueda cumplirse sus estipulaciones en lugar de declararlo ineficaz, o señalar como fútil o nulas una o algunas de sus estipulaciones, para alcanzar esto se deberá atenerse a la intención de los contratantes y según la materia sobre la que han contratado. En materia civil, en el régimen jurídico de interpretación de los contratos, el sentido en que una cláusula puede surtir algún efecto deberá preferirse a aquél en que no sea capaz de surtir efecto alguno. Ver: noscitur a sociis.
Últimas entradas del diccionario:
- CENTOCENTO. Organización del Tratado Central. Fue un tratado de seguridad mutua suscrito por Irán, Irak, Pakistán, el Reino Unido y Turquía.
- CentinelaCentinela. Código Penal Militar español «militar que […] guarda un puesto confiado a su responsabilidad».
- CentiCenti. Prefijo del latín centum o cien, ciento. Indica un centésimo, una unidad o parte entre cien unidades o partes iguales (1/100).
Materias del diccionario:
Conceptos kelsenianos Derecho Derecho administrativo Derecho agrario Derecho canónico Derecho civil Derecho constitucional Derecho de la comunicación Derecho del comercio electrónico Derecho económico Derecho informático Derecho internacional Derecho laboral Derecho marítimo Derecho mercantil Derecho penal Derecho político Derecho procesal Derecho romano Derecho societario Lógica Retórica Tecnología