Modo de propiedad en el derecho romano
Propiedad bonitaria, especie de dominio sobre la cosa que decretaba el pretor. Modo de transmitir la propiedad cuando el objeto materia de este, las formalidades de la sucesión o los sujetos del negocio jurídico no cumplían las exigencias del derecho civil, el pretor intervenía para proteger el derecho del poseedor (propietario bonitario) a adquirir por usucapión, por ejemplo, a preservar el dominio de la cosa mientras transcurre el plazo para consumar la prescripción, entendida como modo de adquirir las cosas ajenas. Ver: bonorum possessio, bonorum possessor, ius praetorium, tradente en el derecho romano, tradición.
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