Revisado el 12 de abril de 2023.
Abogado o abogada es quien pleitea, asesora en derecho, representa a otra persona ante las autoridades administrativas o jurisdiccionales.
La comprensión moderna de la abogacía la debemos a las postrimerías de la República e inicios del Imperio romano, como resultado del creciente control de los territorios y anexión de pueblos alrededor del Mediterráneo que incidió en complejizar la sociedad romana y por tanto su estructura, procesos judiciales y procedimientos administrativos.
Si bien se habían desarrollado funciones sociales especializadas a cargo del cognitor, magistratus, etc., fue Augusto (63 a.C-14 d.C.) quien crea el ius responndi, ius publice respondendi o ius responndi ex auctoritate principis, por el cual el emperador concede a ciertos juristas la capacidad de dar respuestas (responsa) en cuestiones de derecho con el respaldo de su autoridad (ex auctoritate principis), aunque carecía de carácter vinculante para los magistrados, fue Tiberio (42 a.C-37 d.C.) quien otorgó el carácter obligatorio a la responsa o responsa prudentium.
Recuérdese que los magistrados romanos no eran abogados, pero eran asesorados por juristas. En tiempos del emperador Constantino (272-337 d.C.), según Héctor Fix-Fierro, los abogados a cambio del monopolio en la representación judicial, se sometían a la regulación del Estado, situación que se mantiene hasta nuestros días donde el ejercicio profesional está regulado por una ley.
El Corpus Iuris Civile de Justiniano (482-565 d.C.), tiene un valor inapreciable puesto que a pesar de la caída de Roma, permitiría a la abogacía sobrevivir en la sociedad europea medieval, con lo que el redescubrimiento y estudio del derecho romano también estaría vinculado al aparecimiento de algunas de las primeras universidades europeas, como señala Charles Homer Haskins; manteniéndose vigente hasta nuestros días el derecho y las funciones de los abogados, como un legado del acervo cultural romano para toda la humanidad. Ver: cognitor.
Contactar al autor
Últimas entradas del diccionario:
- CENTO
CENTO. Organización del Tratado Central. Fue un tratado de seguridad mutua suscrito por Irán, Irak, Pakistán, el Reino Unido y Turquía.
- Centinela
Centinela. Código Penal Militar español «militar que […] guarda un puesto confiado a su responsabilidad».
- Centi
Centi. Prefijo del latín centum o cien, ciento. Indica un centésimo, una unidad o parte entre cien unidades o partes iguales (1/100).
Materias del diccionario:
Conceptos kelsenianos
Derecho
Derecho administrativo
Derecho agrario
Derecho canónico
Derecho civil
Derecho constitucional
Derecho de la comunicación
Derecho del comercio electrónico
Derecho económico
Derecho informático
Derecho internacional
Derecho laboral
Derecho marítimo
Derecho mercantil
Derecho penal
Derecho político
Derecho procesal
Derecho romano
Derecho societario
Lógica
Retórica
Tecnología
Categorías del diccionario:
A
B
C
D
E
F
G
H
I
K
L
M
N
O
P
R
S
T
U
Uncategorized
V
W
Y
Z