Solo lo resuelto por la judicatura es el derecho
Siguiendo la caracterización de Bobbio, el realismo jurídico toma distancia del iusnaturalismo y del positivismo al acusarlos de fundamentarse en premisas abstractas y opinables, bien sean concepciones teológicas y metafísicas del derecho, o reduciéndolo a una doctrina formal o normativista, respectivamente. Según esta corriente hay un conflicto entre el derecho impuesto y el efectivamente aplicado por los jueces, considerando solo a este último como el derecho concreto y por lo tanto el único objeto de investigación posible para un jurista. Como representante de esta corriente, Jerome Frank enarbola la tesis principal de realismo jurídico moderno, según la cual no existe un derecho objetivo ofrecido por la norma jurídica o la costumbre, que el derecho es realmente una pura creación de los jueces en el momento en que deciden la controversia y, con ello, este autor desmorona lo que llama el mito de la seguridad jurídica, en favor de una concepción del derecho sometida a una creación constante e imprevisible. Ver: derecho, derecho positivo, derecho natural.
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Recomendamos la lectura de esta tesis doctoral en derecho, La función de la ley en la interpretación constitucional operativa según fallos de la corte constitucional ecuatoriana entre los años 2010 y 2015. Acceso gratuito.