Derecho positivo

Reduce el problema de la justicia al de la validez

En términos de Bobbio el derecho positivo, en oposición al derecho natural o el iusnaturalismo, reduce el problema de la justicia al de la validez de las normas jurídicas. El derecho positivo desde una visión normativista es lo mismo que un sistema legal, es decir, un conjunto de normas jurídicas organizadas sistémicamente entorno a un criterio de validez y pertenencia común a dicho sistema, lo que permite que éstas puedan describir dominios de validez personal, material, temporal y espacial. En términos de Kelsen el criterio de validez es un convencionalismo que comprende la existencia y pertenencia de una norma jurídica a un sistema normativo, es decir, que depende de su modo de producción y que el deber ser de la norma jurídica se entienda vinculante. Para Hervada el derecho positivo es aquel cuyo título y medida es la voluntad humana, es decir, que la medida de lo justo en cuanto a las cosas que se reparten y atribuyen, es resultado de la voluntad humana. Ver: derecho, derecho natural, realismo jurídico.