Dominio

Se entiende por dominio o propiedad, el derecho real en una cosa corporal, para gozar y disponer de ella, dentro de los límites de la ley

Propiedad

Según Mario N. Oderigo, es el señorío que se tiene sobre una cosa. Derecho de una persona sobre una cosa. Cosa objeto del derecho de dominio.

Ius ad rem

Situación del futuro titular que cumpliendo las condiciones de ley, puede exigir los trámites para adquirir la propiedad de la cosa.

Ius in re

Latinazgo cuya traducción es el derecho real o de propiedad en el derecho civil. Derecho de propiedad exigible erga omnes.

Ius fruendi

Derecho de aprovechar y disponer los frutos que la cosa produzca, es un contenido del derecho de propiedad.

Ius abutendi

Derecho de consumir y disponer la cosa en forma absoluta, incluso de destruirla o enajenarla, es un contenido del derecho de propiedad.

Ius utendi

Latinazgo cuya traducción es el derecho a usar. Derecho de uso de la cosa, es un contenido del derecho de propiedad.

Conmurientes

Cuando no pudiere saberse el orden del fallecimiento de dos o más personas, se procederá como si hubiesen perecido simultáneamente

Conmoriencia

Ficción jurídica, que tiene por supuesto el fallecimiento de dos o más personas llamadas a sucederse en situación de conmurientes

Ceteris paribus

Latinazgo cuyo sentido es «siendo el resto de las condiciones o circunstancias constantes», se usa para simplificar el análisis

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