Dominio

El derecho real en una cosa corporal, para gozar y disponer de ella

La definición civil ecuatoriana entiende por dominio o propiedad, el derecho real en una cosa corporal, para gozar y disponer de ella, dentro de los límites de la ley. Poder o predominio que se ejerce sobre personas o cosas. Territorio sujeto al derecho de un Estado. Según el Diccionario de la lengua española, recoge dos acepciones sensibles en el campo de la teoría del derecho, «Ámbito real o imaginario de una actividad. Orden determinado de ideas, materias o conocimientos». Ver: propiedad, ¿qué es el dominio de validez de una norma jurídica?