La persona tiene un ámbito de actuación familiar y personal, excluido jurídicamente del conocimiento, divulgación o injerencia de terceros
Etiqueta: Derecho constitucional
Audi alteram partem
Principio de derecho natural, cuyo sentido es el deber de escuchar a la otra parte o que nadie debe ser condenado sin ser oído.
Nemo iudex in causa sua
Principio de derecho natural, cuyo sentido es que nadie debe ser juez de su propia causa, ni afectar la regla contra la parcialidad
Persona (atributos)
Las características de los atributos de la persona son la necesidad, unidad, inalienables, imprescriptibles, innatos, vitalicios y absolutos.
Lex moneat, non docet
Aforismo latino cuyo significado aproximado al español es que la ley prescriba, no instruya
Reserva de ley
Dícese de aquellas materias que por previsión constitucional solo se pueden regular por ley y por el órgano competente
Acceso a la justicia
El acceso a la justicia es el derecho fundamental de las personas a recurrir a los órganos jurisdiccionales, para no quedar en indefensión
Dignidad humana
Dignidad humana implica la posibilidad cierta de las personas para autodeterminarse individualmente y desarrollar su plan de vida
Derecho fundamental
Un derecho fundamental es aquel que siendo atributo de la persona, dice relación a su dignidad humana y está reconocido en una norma constitucional
Costumbre
Uso o costumbre es el modo habitual de actuar de las personas en una sociedad dada y fuente de derecho cuando la ley se remite a ella