Abstracta

Característica de toda norma jurídica por la cual su enunciado condicional o hipotético tiene, o debería tener, un carácter abstracto

Se refiere a una característica de toda norma jurídica por la cual su enunciado condicional o hipotético (prótasis) tiene, o debería tener, un carácter abstracto, es decir, recoger solo los elementos característicos de la conducta objeto de su regulación, de modo impersonal o con prescindencia de elementos accidentales o particulares. Este concepto cambia según la ideología con la que se interprete, según Bobbio las prescripciones abstractas son aquellas que por sí mismas pueden llevar a cabo uno de los fines del derecho, a saber, la certeza jurídica, apelando para ello a la reglamentación correspondiente. Ver: apódosis, lex scripta, norma jurídica, prótasis.

Publicada el
Categorizado como A Etiquetado como