Subsanaci贸n praeter legem

Toda decisi贸n resultante de una interpretaci贸n praeter legem

Toda correcci贸n o enmienda de una situaci贸n que no estaba prevista en el ordenamiento jur铆dico, siempre inferida de una interpretaci贸n praeter legem. Generalmente se refiere a los fallos, laudos arbitrales o actas de acuerdo total o parcial de mediaci贸n, que al reconocer que una conducta o situaci贸n, no estaba originalmente prevista en el ordenamiento jur铆dico, se decide el caso recurriendo a casos an谩logos y, ante su imposibilidad, a principios del derecho universal. No cabe la subsanaci贸n praeter legem en la Administraci贸n p煤blica, salvo que exista delegaci贸n del legislativo, caso contrario, aceptar esto implica violar el principio de legalidad y comprometer la divisi贸n de poderes en la rep煤blica. Ver: acto praeter legem, costumbre, interpretaci贸n praeter legem, praeter legem.