Interpretación praeter legem

La que realiza la judicatura apelando a la analogía o los principios del derecho universal, por causa de la insuficiencia de la ley

En la cultura jurídica latina cuando una conducta o sus consecuencias jurídicas, no están clara o suficientemente detalladas en la ley, la judicatura puede recurrir a la interpretación praeter legem, es decir, a una interpretación que va más allá de la ley, acudiendo a la analogía y, ante la imposibilidad de esta, a los principios del derecho universal. Este tipo de interpretación no es admisible en el campo penal y en general, en el derecho público dominado por el principio de legalidad, no obstante, en la actualidad, en orden al activismo judicial, varios fallos de los órganos constitucionales de justicia desconocen esta imposibilidad sistémica y lógica. Ver: costumbre, acto praeter legem, praeter legem.