Propiedad

Dominio o propiedad

Según Mario N. Oderigo, es el señorío que se tiene sobre una cosa. Derecho de una persona sobre una cosa. Cosa objeto del derecho de dominio. Cualidad de algo. Como señala Juan Larrea Holguín, aunque propiedad y dominio son sinónimos en el derecho civil ecuatoriano, la doctrina tiende a matizar entre los conceptos, generalmente otorgándole al concepto de propiedad un sentido más amplio que hace referencia a la pertenencia o titularidad; en cambio, al concepto de dominio se lo restringe a la pertenencia o titularidad cuando recae en un objeto corporal, es decir, a un dominio corporal. Según Juan Larrea Holguín por esta razón hablamos de la propiedad intelectual y no del dominio intelectual. Eugène Petit, señala que no hubo una definición del derecho de propiedad por los jurisconsultos romanos, por esto se limitan a estudiar los beneficios de la propiedad como en el ius utendi, ius abutendi y el ius fruendi. Ver: dominio, ius abutendi, ius fruendi, ius utendi, nuda propiedad.

Este cartel llama la atención de los servicios de Lexvademecum.com

Creamos, editamos y gestionamos contenido jurídico, para los cursos en línea de su institución académica y para sus plataformas de conocimiento o comunicación científica. Conectemos.

¿Resultó útil esta definición?
No