Persona (atributos)

Son atributos de la persona: capacidad jurídica, domicilio, estado civil, nombre, patrimonio

Generalmente las características de los atributos de la persona son la necesidad y unidad, entendidas como la precisión que hace el derecho positivo de que toda persona representa una unidad de derechos y obligaciones, cuyo contenido es la conducta del hombre en sociedad para las personas naturales y de los hombres asociados para las personas jurídicas; son inalienables e imprescriptibles, en la medida que están fuera del comercio y no se adquieren ni se extinguen por el transcurso del tiempo; son innatos, vitalicios y absolutos, es decir, se alcanzan con el nacimiento de la persona y permanecen por toda la vida de esta, pudiéndose oponer erga omnes. Los atributos de las personas son: capacidad o capacidad jurídica, domicilio, estado o estado civil, nombre, patrimonio. Ver: capacidad jurídica, domicilio, estado civil, nombre, patrimonio.

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