Lex posterior generalis non derogat priori specialis

Revisado el 8 de abril de 2023.

Lex posterior generalis non derogat priori specialis, es un aforismo latino que significa una ley general posterior no deroga una ley especializada anterior. Es una regla jurídica de solución de antinomias, por la cual el criterio cronológico de vigencia de la ley cede al criterio de especialidad de esta, salvo que la ley general posterior expresamente derogue la norma especial anterior. Ver: ley.

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