Revisado el 28 de febrero de 2023.
En lo claro no se hace interpretación. Regla hermenéutica por la cual se estable que si no hay ambigüedad o vaguedad en la redacción de la norma jurídica se debe aplicar su tenor literal, sin recurrir a la voluntad u otros elementos para su interpretación. Seguimos a Paulo, en el Digesto 32, 25, 1. Ver: ubi verba non sunt ambigua, non est locus interpretationibus; in claris cesa interpretatio.
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