Revisado el 28 de febrero de 2023.
Según el Convenio sobre el trabajo forzoso de 1930, establece como definición de la expresión trabajo forzoso u obligatorio, aquel trabajo o servicio exigido a un individuo bajo la amenaza de una pena cualquiera y para el cual dicho individuo no se ofrece voluntariamente. Con excepción de los casos de fuerza mayor, es decir, guerra, siniestros o amenaza de siniestros; y en general, en todas las circunstancias que pongan en peligro o amenacen poner en peligro la vida o las condiciones normales de existencia de toda o parte de la población. Ver: trabajadores, indemnización por quiebra (según normas internacionales).
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