Revisado el 15 de febrero de 2023.
Según Kelsen, en la Teoría Pura del Derecho, las normas jurídicas estatuyen siempre determinadas conductas y al hacerlo constituyen juicios de valor de esas conductas en la sociedad, algunas se entenderán como deseadas y otras como indeseadas, de modo que si el comportamiento de una persona cumple la conducta prevista por una norma positiva, como existe una valoración positiva previa, diremos que dicha conducta fáctica es buena, caso contrario es malvada. No obstante, como las normas jurídicas son establecidas por la voluntad humana, los valores que se constituyen mediante normas jurídicas siempre son relativos, lo que significa que dichas conductas no son absolutas y pueden dejar de ser exigibles, por ejemplo, frente a la obligación de no matar, aparecen excepciones en el derecho como la legítima defensa, el aborto, la eutanasia, la guerra, etc.
En palabras de Kelsen, «Una doctrina relativista de los valores no significa […] que no haya valores y, en especial, que no exista justicia alguna, sino que no hay valores absolutos, sino sólo relativos; […] que los valores que constituimos mediante nuestros actos productores de normas, y que son fundamentos de nuestros juicios axiológicos, no pueden darse con la pretensión de eliminar la posibilidad de valores contrapuestos». Ver: ¿Qué es el dominio de validez de una norma jurídica?, ¿qué es la regulación negativa para Kelsen?, ¿qué es la regulación positiva para Kelsen?
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