Beneficio a quien no hubieren recurrido se trata de un derecho, por el cual el destinatario del cumplimiento de un acto administrativo, no está obligado a realizarlo cuando se suspendieren sus efectos, como resultado de la interposición de un recurso presentado por un tercero y aceptado por la autoridad competente. Ver: derechos (de los particulares).
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Recomendamos la lectura de esta tesis doctoral en derecho, La función de la ley en la interpretación constitucional operativa según fallos de la corte constitucional ecuatoriana entre los años 2010 y 2015. Acceso gratuito.