Revisado el 10 de agosto de 2022.
El control de la discrecionalidad es una actividad derivada del control de legalidad por la cual se establece si una decisión discrecional puede o no considerarse arbitraria o legal. Partiendo de la competencia atribuida en el derecho respecto a la posibilidad de libertad de elección por parte del servidor público, asà como las opciones igualmente legÃtimas consideradas en su decisión, siguiendo a GarcÃa de EnterrÃa y Fernández RodrÃguez, sus elementos de control recaen en: 1. Control de conceptos indeterminados. En este caso se debe verificar si la decisión discrecional puede subsumirse en una categorÃa dispuesta por ley y cumple los fines del derecho. 2. Control de elementos reglados. Aquà se comprueba si la elección cumplió con la competencia, formalidades del acto y su procedimiento de formación. 3. Control de hechos determinantes. Las causas del acto jamás pueden valorarse discrecionalmente, por consiguiente, en esta parte del control se busca determinar si los hechos o situaciones antecedentes de la decisión discrecional son lÃcitos y reales u objetivos. 4. Control de principios generales de derecho. Aquà se debe establecer si la decisión y sus resultados se presentan como razonables, de buena fe, sin mácula por abuso de poder o vulneración de derechos fundamentales. Ver: ¿Cuál es el aporte de la interpretación cientÃfica?