Burla
Jurídicamente una broma no obliga a nadie y en el campo penal, puede ser considerada una eximente de culpa en los delitos de injuria. Se denomina animus iocandi a la conducta que tiene como claro y único propósito la chanza o ridiculizar a alguien o algo, en esto reside «el espíritu de broma», en oposición al animus iniuriandi. Broma pesada, la que es molesta u ofensiva para su destinatario, por tratarse de una taimada injuria o escarnio. Ver: abaldonar.
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Recomendamos la lectura de esta tesis doctoral en derecho, La función de la ley en la interpretación constitucional operativa según fallos de la corte constitucional ecuatoriana entre los años 2010 y 2015. Acceso gratuito.