Ajuar funerario
Bienes muebles, como alhajas, cer谩micas, joyas, utensilios o vestidos, con valor religioso o de estimaci贸n para una estirpe o una persona, que adorna o se coloca junto al cad谩ver en su sepulcro o en su sepultura. No son res nullius, estos bienes pertenecen jur铆dicamente a la familia o a la persona que dispuso el bien como parte del ajuar funerario, caso contrario no cabr铆a el delito de violaci贸n de sepulcro o sepultura, que generalmente incluye el robo de los bienes sepulcrales, as铆 como la necrofilia. El Estado tampoco debe apropiarse de ellos, salvo en el caso que se trate de un hallazgo arqueol贸gico o de evidente valor hist贸rico, pero, en este 煤ltimo caso, siempre que no aparezcan descendientes que los reclamen, caso contrario incurrir铆a en confiscaci贸n. Ver: bien, bien mueble, res nullius.
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