Cosa indivisa
En derecho civil equivale a cosa indivisa. Bien comunal que pertenece a un determinado nivel de gobierno y está dispuesto al uso de la comunidad, pero en propiedad horizontal, se refiere a los bienes destinados para el uso de un inmueble en copropiedad, por ejemplo, las vías de circulación interna, los patios, las escaleras, etc. En política y retórica, concepto indeterminado para adjetivar una decisión de gobierno con el fin de ganar legitimidad o apoyo, en función de su supuesta conveniencia o utilidad a un grupo, a una comunidad o al conjunto de una sociedad, equivale a interés general. Ver: bien, bienes, gobierno.
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