Mirador
Saliente o plataforma con antepecho o pretil, que elevada del suelo se extiende desde la fachada de una construcci贸n. C贸digo Civil ecuatoriano, art铆culo 922, 芦[n]o se puede tener ventanas, balcones, miradores o azoteas, que den vista a las habitaciones, patios o corrales de un predio vecino, cerrado o no; a menos que se interponga una distancia de tres metros禄. Ver: a cordel, aval煤o de predios.
Creamos, editamos y gestionamos contenido jur铆dico, para los cursos en l铆nea de su instituci贸n acad茅mica y para sus plataformas de conocimiento o comunicaci贸n cient铆fica. Conectemos.
Recomendamos la lectura de esta tesis doctoral en derecho, La funci贸n de la ley en la interpretaci贸n constitucional operativa seg煤n fallos de la corte constitucional ecuatoriana entre los a帽os 2010 y 2015. Acceso gratuito.