Antecesor
Para el ser que procede de otro, este último es su ascendiente. Quien tiene influencia sobre otros, especialmente moral. El Código Civil ecuatoriano, en su artículo 22, dispone que «[c]uando una de las dos personas es ascendiente de la otra, la consanguinidad es en línea recta; y cuando las dos personas proceden de un ascendiente común, y una de ellas no es ascendiente de la otra, la consanguinidad es en línea colateral o transversal». Ver: abolengo, abuelo, árbol.
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Recomendamos la lectura de esta tesis doctoral en derecho, La función de la ley en la interpretación constitucional operativa según fallos de la corte constitucional ecuatoriana entre los años 2010 y 2015. Acceso gratuito.