Alimento

Que nutre

Sustancia que permite la continuidad de las funciones vitales en todos los seres vivos. Fomentar o vigorizar a un ser, una idea, una institución o una virtud. Alimentos, se trata de una prestación económica que unas personas están obligadas con otras con las que generalmente tienen vínculos familiares y que son incapaces de asegurar su subsistencia. El Código Civil ecuatoriano, artículo 351, divide los alimentos «en congruos y necesarios. Congruos, son los que habilitan al alimentado para subsistir modestamente, de un modo correspondiente a su posición social. Necesarios, los que le dan lo que basta para sustentar la vida. Los alimentos, sean congruos o necesarios, comprenden la obligación de proporcionar al alimentario menor de dieciocho años, cuando menos, la enseñanza primaria». Ver: abacería, abstinencia, ayuno, vida.

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