Del latín audientia, escuchar, cuerpos colegiados para atender ciertos requerimientos
Órgano colegiado de justicia, inclúyase el lugar donde actúa y el territorio de su jurisdicción. En la monarquía española, la Audiencia se trataba de un tribunal con competencias jurisdiccionales y de gobierno, se conocen las primeras regulaciones de su organización en el reinado de Enrique II de Castilla en las Cortes de Toro del año de 1371. Ocasión procesal para que las partes deduzcan sus argumentos. Auditorio. Personas que atienden un acto público. Dar audiencia, cuando un empleado público recibe a un interesado o un grupo de estos para atender sus razones o petición. Ver: audiencia de interesados, audiencia pública, trámite de audiencia.
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