Contrato agrícola
Contrato por el cual una parte denominada aparcerista cede en favor de la otra parte, denominada aparcero, el uso y disfrute de la tierra de labranza (aparcería agrícola) o de ganado (aparcería pecuaria), a cambio de participar con un porcentaje de las utilidades de su explotación. El contrato puede incluir las herramientas y maquinarias asociadas a la producción agrícola o ganadera propiedad del aparcerista. Generalmente sus estipulaciones y regulación tienden a guardad conexidad con el contrato de sociedad. Ver: aboyado.
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