Anulación

Sin efectos jurídicos

Proceso o procedimiento de anulación y su resolución, por el cual declara la nulidad de un acto jurídico, por ejemplo, un acto administrativo, acto legislativo, contrato, laudo arbitral, etc. El efecto jurídico de la nulidad es que el acto declarado nulo, con arreglo a la legislación de cada país, dejará de surtir efectos legales ex tunc o ex nunc, según se trate de una nulidad absoluta o relativa. Ver: acto administrativo, ex nunc, ex tunc.