Alieni iuris

En el derecho romano comprendía a quien está bajo potestad de otro

En el derecho romano, alieni iuris eran las personas sometidas al pater familias. Persona sin capacidad jurídica o con capacidad jurídica reducida, de tal modo, que sus actos para producir consecuencias legales requerían la intervención de un sui iuris. Este estatus jurídico se podía adquirir por nacimiento, como en el caso de hijos y esclavos, por matrimonio, manus, o por compraventa, mancipatio. En la actualidad comprendería al menor de edad, interdictos y, según la legislación, a la mujer casada cuando por ley algunos de sus actos, para que tengan consecuencias jurídicas, requieren la participación de su esposo. Ver: abdicatium liberorium.