Quien no tiene derecho a voz ni voto
Término por el cual se distingue a la persona que no tiene voz ni voto en una reunión. Cuando estas reuniones se tratan de directorios, juntas o sesiones en cuerpos colegiados, con este vocablo se alude a quienes no la integran o no están convocadas a participar en éstas y en consecuencia no pueden intervenir, tal es el caso de las personas que están en la reunión realizando labores de asistencia para los miembros actuantes. La palabra no aparece en el Diccionario de la lengua española, edición 2022, pero sí consta en el catálogo de algunos diccionarios jurídicos como el de Cabanellas. Ver: cuerpo colegiado.
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