Lapso discontinuo
Lapso discontinuo, es decir con interrupciones, que se impone por ley o por acuerdo de las partes, para el cumplimiento de las obligaciones. Por ejemplo, si se señala que la obligación se cumplirá en diez días término, no deben sumarse los días de descanso obligatorio. Hasta el final o hasta alcanzar un determinado grado de desarrollo. Ver: a plazo, día hábil, día inhábil, término.
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Recomendamos la lectura de esta tesis doctoral en derecho, La función de la ley en la interpretación constitucional operativa según fallos de la corte constitucional ecuatoriana entre los años 2010 y 2015. Acceso gratuito.