Legitimatio ad causam

Revisado el 3 de marzo de 2023.

Latinazgo que se refiere a la relación de titularidad de un sujeto con el derecho que ejerce, para incoar o comparecer en un proceso o procedimiento. Se manifiesta en la facultad del sujeto para incoar un proceso o procedimiento por la relación que ostenta con el derecho que ejercita, bien por sus propios derechos o por los que representa. No es necesario que el sujeto procesal o procedimental sea efectivamente el titular del derecho que exige, dado que esto se resolverá en sentencia o resolución, basta que afirme su titularidad. Ver: legitimatio ad processum.