Revisado el 2 de marzo de 2023.
El ius nomine o derecho al nombre, era un atributo propio del ciudadano romano establecido en el ius civitatis que se concretaba en el derecho a usar la tria nomina, que era la combinación del praenomen, el nomen y el cognomen. El praenomen equivalía a lo que actualmente es el nombre de la persona, la costumbre romana decía, por ejemplo, al primogénito le correspondía el nombre del padre, a los demás hijos les correspondía el nombre de los hermanos o antepasados varones del padre. El nomen, también conocido como nomen gentilicium, hacía relación entre la persona y su gens, su equivalente moderno aproximado es el apellido paterno. El cognomen era un nombre que hacía referencia a una particularidad de la persona, función que modernamente puede cumplir el sobrenombre. Ver: derecho romano, ius civile, ius sacrum.
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