Lex posterior derogat priori

Revisado el 31 de enero de 2023.

Voz latina cuyo significado aproximado es la “ley posterior deroga la anterior”, se emplea como criterio de solución de antinomias para el caso de conflicto entre dos o más normas jurídicas de igual objeto, materia y jerarquía, en cuyo caso prevalecerá la norma posterior. Ver: subordinación jerárquica.