Revisado el 30 de enero de 2023.
En materia civil son el error, la fuerza y el dolo, cuando implican falta de discernimiento, intención o libertad en la voluntad y, en consecuencia, pueden causar la nulidad del acto jurídico. Ver: vicio del acto jurídico, vicio del consentimiento (contractual).
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Recomendamos la lectura de esta tesis doctoral en derecho, La función de la ley en la interpretación constitucional operativa según fallos de la corte constitucional ecuatoriana entre los años 2010 y 2015. Acceso gratuito.