Revisado el 29 de noviembre de 2022.
Modos de acreditar la convicci贸n de los medios de prueba en el proceso, definiendo su razonabilidad, credibilidad y pertinencia al caso. La valoraci贸n o apreciaci贸n de la prueba generalmente presenta dos sistemas, la libre valoraci贸n o atenerse a la valoraci贸n previamente tasada por el legislador. La libre valoraci贸n se funda en las reglas de la sana cr铆tica (reglas nacidas de la experiencia y la raz贸n) que est谩n sometidas al principio de no contradicci贸n l贸gica, pero cuya aplicaci贸n no exime el deber de motivaci贸n que explique que la prueba es aportada legalmente en el proceso, es aut茅ntica o v谩lida seg煤n el estado de la t茅cnica y forma parte del nexo causal o el fundamento de la litis. La valoraci贸n previamente tasada por el legislador, tiene efectos vinculantes como elemento de convicci贸n de la judicatura al momento de emitir la sentencia, en este caso la ley fija los efectos, en la convicci贸n del juzgador, del resultado probatorio de los medios de prueba en el proceso que se comprendan como prueba tasada. Ver: prueba, prueba libre, prueba tasada.
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