Prueba (improcedente para sanci贸n)

Revisado el 21 de octubre de 2022.

La prueba es improcedente para la sanci贸n, cuando tiene el car谩cter de superflua o dilatoria. Por pertinente se entiende la prueba de un hecho o conocimiento controvertido en el expediente y que puede incidir en la decisi贸n final. Por procedente o improcedente se dice de la prueba que se practica conforme lo dispuesto en la ley. Ver: prueba.