Revisado el 18 de octubre de 2022.
El principio de proporcionalidad en el 谩mbito constitucional y del derecho administrativo informa de la obligaci贸n de la Administraci贸n p煤blica de ejercer sus competencias para alcanzar los fines de ley, sin que esto suponga exceder de sus atribuciones, tomar medidas desproporcionadas para tal efecto y conculcar los derechos fundamentales de las personas. En el 谩mbito penal, este principio informa a la legislatura que las penas deben ser proporcionales a la gravedad del delito; y al juzgador o resolutor que la sanci贸n se impone seg煤n la gravedad de la conducta y conforme los perjuicios causados de conformidad con los criterios legales para la graduaci贸n de la pena o sanci贸n. Ver: ejecuci贸n forzosa, intenci贸n, reincidencia, reiteraci贸n.
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