Revisado el 17 de octubre de 2022.
El principio de coordinaci贸n se refiere a la obligaci贸n jur铆dica de los diferentes entes p煤blicos o de sus niveles funcionales a efecto de que combinen sus acciones para la consecuci贸n de una finalidad establecida en el ordenamiento jur铆dico. Ver: principio de legalidad.
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