Revisado el 12 de octubre de 2022.
Potestad reglamentaria es la facultad de fuente constitucional, por la cual el presidente de la República puede decretar normas con rango reglamentario para aplicar las leyes, sin contravenirlas ni alterarlas. Ver: reserva legal.
Creamos, editamos y gestionamos contenido jurídico, para los cursos en línea de su institución académica y para sus plataformas de conocimiento o comunicación científica. Conectemos.
Recomendamos la lectura de esta tesis doctoral en derecho, La función de la ley en la interpretación constitucional operativa según fallos de la corte constitucional ecuatoriana entre los años 2010 y 2015. Acceso gratuito.