Revisado el 6 de octubre de 2022.
Una de las acepciones de orden público es ordenamiento jurÃdico. LÃmite al principio de autonomÃa de la voluntad. Modo de convivencia social derivado del respeto a los valores y bienes jurÃdicos proclamados en la Constitución y en la ley. Estado de acatamiento por parte de los ciudadanos de los actos de poder emitidos por la autoridad en el ejercicio de sus facultades y observando el principio de legalidad. Ver: principio de legalidad.