Orden público

Revisado el 6 de octubre de 2022.

Una de las acepciones de orden público es ordenamiento jurídico. Límite al principio de autonomía de la voluntad. Modo de convivencia social derivado del respeto a los valores y bienes jurídicos proclamados en la Constitución y en la ley. Estado de acatamiento por parte de los ciudadanos de los actos de poder emitidos por la autoridad en el ejercicio de sus facultades y observando el principio de legalidad. Ver: principio de legalidad.

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