Revisado el 5 de octubre de 2022.
Nulidad es la invalidez que, previamente declarada por autoridad competente, provoca que el acto o contrato deje de surtir sus efectos jurídicos. Condición de un acto o contrato que permite atacarlo por nulidad, según las causales previstas en la ley. Ver: nulidad de pleno derecho.
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Recomendamos la lectura de esta tesis doctoral en derecho, La función de la ley en la interpretación constitucional operativa según fallos de la corte constitucional ecuatoriana entre los años 2010 y 2015. Acceso gratuito.