Revisado el 28 de septiembre de 2022.
Invalidez es la consecuencia jurídica del acto, contrato o disposición judicial o administrativa viciada, por no observar los elementos exigidos por ley. Puede haber vicios subsanables y vicios no subsanables, en este último caso estamos ante la nulidad de pleno derecho. El efecto de la invalidez es la ineficacia jurídica o la nulidad, cuando se declaran así previamente en sede administrativa o jurisdiccional. En las relaciones laborales es la situación de incapacidad laboral permanente. Ver: anulabilidad, nulidad, vicio insubsanable, vicio subsanable.
Creamos, editamos y gestionamos contenido jurídico, para los cursos en línea de su institución académica y para sus plataformas de conocimiento o comunicación científica. Conectemos.
Recomendamos la lectura de esta tesis doctoral en derecho, La función de la ley en la interpretación constitucional operativa según fallos de la corte constitucional ecuatoriana entre los años 2010 y 2015. Acceso gratuito.