Interés colectivo

Revisado el 27 de septiembre de 2022.

Interés colectivo se entiende como la suma de los intereses individuales, respecto a un derecho o a un bien protegido jurídicamente. Interés general. Provecho, valor o lucro reconocido y protegido por el derecho o la costumbre obligatoria a favor de una comunidad o la condición común entre un grupo diverso de personas. Ver: interés individual.