Dictamen

Revisado el 23 de agosto de 2022.

El dictamen es un acto de simple administración, por el cual se emite una opinión, juicio o criterio. Puede ser emitido con ocasión al posterior dictado de un acto administrativo o por el ejercicio de una competencia, en este último caso el dictamen equivale a un acto administrativo. En el ámbito administrativo, su contenido típico es: a) Competencia, antecedentes o circunstancias que motivan el requerimiento; b) Resumen de la cuestión objeto de la consulta o emisión del informe; c) Relación de los hechos y derechos que sirvan de elementos de juicio para atender la consulta; y, d) Opinión, juicio o criterio, concreto y fundado en normas jurídicas y técnicas aplicables a la cuestión consultada. Ver: acto de simple administración, informe.