Revisado el 19 de agosto de 2021.
Los derechos de los particulares en sus relaciones con los órganos de Estado, se refieren a cada una de las obligaciones que por ley tiene que observar el servidor público en su trato o en la substanciación del procedimiento administrativo, con respecto a la persona interesada. El cumplimiento de estos derechos no está sujeto a discrecionalidad del servidor público, la prescripción extintiva o al cumplimiento de requisitos distintos a los expresamente señalados en la ley. Para revisar algunos de ellos, ver: estado del trámite, identidad de las autoridades, copia certificada, actos probatorios, documentos (prohibición de exigencia), obligación de información, acceso a los archivos de la administración, trato respetuoso, garantías de procedimiento.
Creamos, editamos y gestionamos contenido jurídico, para los cursos en línea de su institución académica y para sus plataformas de conocimiento o comunicación científica. Conectemos.
Recomendamos la lectura de esta tesis doctoral en derecho, La función de la ley en la interpretación constitucional operativa según fallos de la corte constitucional ecuatoriana entre los años 2010 y 2015. Acceso gratuito.