Revisado el 10 de agosto de 2022.
El contrato es un acuerdo de voluntad bilateral, generalmente sinalagmático, por el cual las partes que intervienen crean, modifican o extinguen derechos y obligaciones, sin más limitaciones que las prohibiciones contenidas en el derecho público (autonomía de la voluntad). Es su característica jurídica particular que su cumplimiento puede ser obligado, generalmente mediante la judicatura. Documento escrito o digital que recoge dicho acto jurídico. Ver: acuerdo, pacto, convenio, pacta sunt servanda.
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