Abandono

Revisado el 28 de marzo de 2021.

Abandono es el resultado de la inacción de la persona interesada a continuar el procedimiento administrativo y que, en los casos calificados por ley, puede causar la terminación irregular de este. En el orden jurisdiccional equivale a la renuncia de hacer valer en juicio el derecho y generalmente ocurre por inactividad en la prosecución del proceso, resultando en la perención o caducidad de la instancia. El abandono injustificado de uno de los cónyuges es causal de divorcio. Ver: desistimiento o renuncia (ámbito administrativo).