Dañar, deshonrar
Según el Diccionario de la lengua española, «[h]acer agravio». Agraviado es quien sufre un agravio, también, el titular de un bien jurídico lesionado. Agravio es toda ofensa al buen nombre o a la honra de una persona; también, perjuicio, gravamen o daño contra la propiedad, los derechos o intereses de alguien. Según el Código Civil ecuatoriano, artículo 116, «[s]i se disolviere el vínculo matrimonial por la causal de abandono injustificado, no se tomarán en cuenta los bienes que hubiere adquirido el cónyuge agraviado con su trabajo exclusivo, para la liquidación de la sociedad conyugal, pues dichas adquisiciones se considerarán como patrimonio personal de tal cónyuge». Ver: atropello, vínculo matrimonial.
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